28/03/2022
Restricciones a la concesión de autorizaciones de residencia a extranjeros por inversión.
En esta entrada se hace un resumen comentado de la Recomendación de la Comisión Europea de 28 de marzo de 2022 sobre los regímenes de concesión de autorizaciones de residencia a extranjeros por inversiones en el país que las concede.
En fecha de 28 de marzo, la Comisión Europea ha adoptado una Recomendación dirigida a los Estados miembros para la limitación del acceso de personas conectadas al Gobierno ruso y bielorruso a las autorizaciones de residencia, y en algunos Estados incluso a la nacionalidad, a través de inversiones.
En concreto, este acto jurídico no vinculante europea lleva por título (traducción libre, ya que cuando publico este blog aun no ha sido traducida al español): Recomendación de la Comisión Europea de 28.3.2022 sobre las medidas inmediatas en el contexto de la invasión rusa de Ucrania en relación con los regímenes de ciudadanía de los inversores y de residencia de los inversores (C(2022) 2028 final). El texto es adoptado en base al art. 292 del Tratado de funcionamiento de la Unión Europea que dice: “El Consejo adoptará recomendaciones. Se pronunciará a propuesta de la Comisión en todos los casos en que los Tratados dispongan que el Consejo adopte actos a propuesta de la Comisión. Se pronunciará por unanimidad en los ámbitos en los que se requiere la unanimidad para la adopción de un acto de la Unión. La Comisión, así como el Banco Central Europeo en los casos específicos previstos por los Tratados, adoptarán recomendaciones”.
El texto supone un ataque muy duro contra el régimen jurídico que otorga la nacionalidad en algunos casos, o la autorización de residencia en otros, por la inversión de extranjeros nacionales de terceros países en el Estado que los concede, recomendando también de forma específica, como se va a ver posteriormente, medidas específicas en dichos regímenes cuando esos extranjeros extracomunitarios tienen nacionalidad rusa o bielorrusa.
De hecho, conviene diferenciar ambos régimenes porque la Comisión europea es especialmente directa con el primero de ellos al manifestar que el correspondiente al otorgamiento de la nacionalidad es contrario al principio de sincera cooperación enraizado en el art. 4(3) del Tratado de la Uníon Europea y con el concepto de ciudadanía europea reconocida en el art. 20 del Tratado de funcionamiento de la UE, por lo cual, recuerda que ya ha abierto procedimientos de infracción contra los Estados miembros que lo permiten.
En cambio, España forma parte de los Estados miembros que únicamente conceden “autorización de residencia” en función de la inversión que realice el nacional de un tercer país. La Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, lo que no obsta a que esta primera autorización sea ya una puerta de entrada y una primera consecución para los inversores que, en su día, deseen obtener la nacionalidad cumpliendo con otros requisitos, como puede ser la residencia.
En sus art. 63 y siguiente, este ley regulan los visados de residencia (de duración máxima de un año),así como las autorizaciones de residencia para inversores extranjeros que realicen una inversión significativa de capital, los cuales pueden solicitar una autorización de residencia para inversores (de duración, en términos generales, de 2 años),que tendrá validez en todo el territorio nacional. Estos preceptos incorporan los activos y las formas de acreditarlo, así como las cantidades mínimas requeridas para acceder a este tipo. La duración de la autorización de residencia es por 2 años de forma general, si bien, cumplido ese plazo aquellos inversores extranjeros que estén interesados en residir en España por una duración superior podrán solicitar la renovación de la autorización de residencia por periodos sucesivos de cinco años, siempre y cuando se mantengan las condiciones que generaron el derecho (art. 67).
Centrándome en este último tipo de autorizaciones, la Recomendación de la Comisión que se está reseñando recuerda que su concesión tiene efectos en otros Estados miembros y en la Unión. Como expresa en su considerando 3, la concesión de dicha autorización permite accedes a sus beneficiarios a viajar libremente por el área Schengen. De hecho en el Considerando 5 de la Recomendación se dice que los Estados miembros también deben tomar medidas para evitar que los mecanismos de concesión de residencia para inversores operen de forma que puedan generar riesgos, en particular los relacionados con la seguridad, el blanqueo de capitales, la evasión fiscal y la corrupción. A tal efecto, la Comisión señala que los Estados miembros deben garantizar que se toman todas las medidas y garantías necesarias para hacer frente a estos riesgos, “incluso mediante el establecimiento y la realización de controles relacionados con las condiciones de residencia y seguridad antes de la expedición de dichos permisos de residencia, y verificando si la residencia es continua”. Por lo tanto, esta cuestión podría ser una primer toque a legislaciones donde el otorgamiento de la residencia no está sujeto a controles o donde este fector cede de manera estricta ante la compra de un bien inmobiliario (recuérdes que el art. 66.3 de la Ley 14/2013 prevé que si se acredita la compra efectiva del inmueble o inmuebles indicados, el interesado podrá solicitar una autorización de residencia para inversores).
Tras lo anterior, que a mi modo de ver tiene un alcance general respecto de la concesión a culesqueira inversor, tenga la nacionalidad que tenga, la Comisión Europea añade una perspectiva específica respecto de las personas de nacionalidad rusa o bielorrusa. Para empezar, recuerda que la agresión militar de Rusia a Ucrania obliga a tomar más acciones respecto de la concesión de los permisos de residencia. En el considerando 14 de la Recomendación, la Comisión Europea dice que los regímenes de concesión de residencia por inversión pueden haber dado lugar y seguir dando lugar a un acceso privilegiado al territorio y al mercado interior de la UE y a la circulación en el espacio Schengen de los nacionales rusos o bielorrusos que estén o lleguen a estar sujetos a las medidas restrictivas de la UE o respecto de los cuales se determine que apoyan significativamente por cualquier medio la guerra en Ucrania u otras actividades conexas del Gobierno ruso o del régimen de Lukashenko en Bielorrusia que infrinjan el Derecho internacional. En este punto, la Comisión Europea señala la necesidad de que los Estados deben retirar inmediatamente y denegar la renovación, según el caso, de los permisos de residencia concedidos sobre la base de los regímenes de residencia de los inversores a los nacionales rusos y bielorrusos. Según la Comisión, esto se aplicaría igualmente, tras una evaluación y de conformidad con la Directiva sobre reagrupación familiar, en los casos en que a estas personas se les haya concedido un permiso de residencia como miembros de la familia de un titular de un permiso de residencia sobre la base de un régimen de residencia para inversores.
A partir de las anteriores justificaciones, la Comisión Europea adopta varias recomendaciones, una sobre los régimenes de concesión de la nacionalidad, y otra sobre los regímenes de residencia para inversores.
Centrándome en la segunda, que es especialmente importante para España, el acto jurídico de la Comisión Europea incorpora una primera Recomendación de carácter general: dice que los Estados miembros deben tomar medidas para evitar que los regímenes de residencia de los inversores funcionen de forma que puedan crear riesgos relacionados con la seguridad, el blanqueo de capitales, la evasión fiscal y la corrupción. Para ello, dice la Recomendación, los Estados miembros deben garantizar que se adopten todas las medidas y salvaguardias necesarias para hacer frente a los riesgos mencionados, incluso estableciendo y realizando controles relacionados con las condiciones de residencia y seguridad “antes de la expedición de dichos permisos de residencia” y verificando si la residencia “es continua”.
Tras declarar esa Recomendación general, la Comisión Europea aborda unos pasos inmediatos que deben ser tomardos en el contexo de la invasión rusa de Ucrania. Así, com medida inmediata, la Comisión se dirige a los Estados miembros para que retiren inmediatamente, o se nieguen a renovar, según el caso, los permisos de residencia concedidos sobre la base de un régimen de residencia para inversores a los nacionales rusos y bielorrusos, si tras una evaluación se determina que el interesado está o pasa a estar sujeto a las medidas restrictivas de la UE, o porque se determina de otro modo que la persona en cuestión apoya significativamente por cualquier medio la guerra en Ucrania u otras actividades conexas del Gobierno ruso o del régimen de Lukashenko que infringen el Derecho internacional. Lo anterior, en todo caso siempre que los Estados miembros respeten el principio de proporcionalidad, los derechos fundamentales y su legislación nacional. Como se ha dicho anteriormente, lo anterior también debería aplicarse, tras una evaluación y de conformidad con la Directiva sobre reagrupación familiar, en los casos en que a estas personas se les haya concedido un permiso de residencia como miembros de la familia de un titular de un permiso de residencia sobre la base de un régimen de residencia para inversores.
Por otra parte, los Estados miembros que aplican regímenes de residencia de inversores deberían suspender la expedición de permisos de residencia sobre la base de regímenes de residencia de inversores a los nacionales rusos y bielorrusos, siempre que los Estados miembros respeten el principio de proporcionalidad, los derechos fundamentales y su legislación nacional.
Finalmente, la recomendación señala que los Estados miembros afectados deberán informar a la Comisión sobre la aplicación de esta recomendación antes de finales de mayo, en particular sobre el resultado de la evaluación. A partir de entonces, los Estados miembros en cuestión deberán también mantener informada a la Comisión con regularidad.
En concreto, este acto jurídico no vinculante europea lleva por título (traducción libre, ya que cuando publico este blog aun no ha sido traducida al español): Recomendación de la Comisión Europea de 28.3.2022 sobre las medidas inmediatas en el contexto de la invasión rusa de Ucrania en relación con los regímenes de ciudadanía de los inversores y de residencia de los inversores (C(2022) 2028 final). El texto es adoptado en base al art. 292 del Tratado de funcionamiento de la Unión Europea que dice: “El Consejo adoptará recomendaciones. Se pronunciará a propuesta de la Comisión en todos los casos en que los Tratados dispongan que el Consejo adopte actos a propuesta de la Comisión. Se pronunciará por unanimidad en los ámbitos en los que se requiere la unanimidad para la adopción de un acto de la Unión. La Comisión, así como el Banco Central Europeo en los casos específicos previstos por los Tratados, adoptarán recomendaciones”.
El texto supone un ataque muy duro contra el régimen jurídico que otorga la nacionalidad en algunos casos, o la autorización de residencia en otros, por la inversión de extranjeros nacionales de terceros países en el Estado que los concede, recomendando también de forma específica, como se va a ver posteriormente, medidas específicas en dichos regímenes cuando esos extranjeros extracomunitarios tienen nacionalidad rusa o bielorrusa.
De hecho, conviene diferenciar ambos régimenes porque la Comisión europea es especialmente directa con el primero de ellos al manifestar que el correspondiente al otorgamiento de la nacionalidad es contrario al principio de sincera cooperación enraizado en el art. 4(3) del Tratado de la Uníon Europea y con el concepto de ciudadanía europea reconocida en el art. 20 del Tratado de funcionamiento de la UE, por lo cual, recuerda que ya ha abierto procedimientos de infracción contra los Estados miembros que lo permiten.
En cambio, España forma parte de los Estados miembros que únicamente conceden “autorización de residencia” en función de la inversión que realice el nacional de un tercer país. La Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, lo que no obsta a que esta primera autorización sea ya una puerta de entrada y una primera consecución para los inversores que, en su día, deseen obtener la nacionalidad cumpliendo con otros requisitos, como puede ser la residencia.
En sus art. 63 y siguiente, este ley regulan los visados de residencia (de duración máxima de un año),así como las autorizaciones de residencia para inversores extranjeros que realicen una inversión significativa de capital, los cuales pueden solicitar una autorización de residencia para inversores (de duración, en términos generales, de 2 años),que tendrá validez en todo el territorio nacional. Estos preceptos incorporan los activos y las formas de acreditarlo, así como las cantidades mínimas requeridas para acceder a este tipo. La duración de la autorización de residencia es por 2 años de forma general, si bien, cumplido ese plazo aquellos inversores extranjeros que estén interesados en residir en España por una duración superior podrán solicitar la renovación de la autorización de residencia por periodos sucesivos de cinco años, siempre y cuando se mantengan las condiciones que generaron el derecho (art. 67).
Centrándome en este último tipo de autorizaciones, la Recomendación de la Comisión que se está reseñando recuerda que su concesión tiene efectos en otros Estados miembros y en la Unión. Como expresa en su considerando 3, la concesión de dicha autorización permite accedes a sus beneficiarios a viajar libremente por el área Schengen. De hecho en el Considerando 5 de la Recomendación se dice que los Estados miembros también deben tomar medidas para evitar que los mecanismos de concesión de residencia para inversores operen de forma que puedan generar riesgos, en particular los relacionados con la seguridad, el blanqueo de capitales, la evasión fiscal y la corrupción. A tal efecto, la Comisión señala que los Estados miembros deben garantizar que se toman todas las medidas y garantías necesarias para hacer frente a estos riesgos, “incluso mediante el establecimiento y la realización de controles relacionados con las condiciones de residencia y seguridad antes de la expedición de dichos permisos de residencia, y verificando si la residencia es continua”. Por lo tanto, esta cuestión podría ser una primer toque a legislaciones donde el otorgamiento de la residencia no está sujeto a controles o donde este fector cede de manera estricta ante la compra de un bien inmobiliario (recuérdes que el art. 66.3 de la Ley 14/2013 prevé que si se acredita la compra efectiva del inmueble o inmuebles indicados, el interesado podrá solicitar una autorización de residencia para inversores).
Tras lo anterior, que a mi modo de ver tiene un alcance general respecto de la concesión a culesqueira inversor, tenga la nacionalidad que tenga, la Comisión Europea añade una perspectiva específica respecto de las personas de nacionalidad rusa o bielorrusa. Para empezar, recuerda que la agresión militar de Rusia a Ucrania obliga a tomar más acciones respecto de la concesión de los permisos de residencia. En el considerando 14 de la Recomendación, la Comisión Europea dice que los regímenes de concesión de residencia por inversión pueden haber dado lugar y seguir dando lugar a un acceso privilegiado al territorio y al mercado interior de la UE y a la circulación en el espacio Schengen de los nacionales rusos o bielorrusos que estén o lleguen a estar sujetos a las medidas restrictivas de la UE o respecto de los cuales se determine que apoyan significativamente por cualquier medio la guerra en Ucrania u otras actividades conexas del Gobierno ruso o del régimen de Lukashenko en Bielorrusia que infrinjan el Derecho internacional. En este punto, la Comisión Europea señala la necesidad de que los Estados deben retirar inmediatamente y denegar la renovación, según el caso, de los permisos de residencia concedidos sobre la base de los regímenes de residencia de los inversores a los nacionales rusos y bielorrusos. Según la Comisión, esto se aplicaría igualmente, tras una evaluación y de conformidad con la Directiva sobre reagrupación familiar, en los casos en que a estas personas se les haya concedido un permiso de residencia como miembros de la familia de un titular de un permiso de residencia sobre la base de un régimen de residencia para inversores.
A partir de las anteriores justificaciones, la Comisión Europea adopta varias recomendaciones, una sobre los régimenes de concesión de la nacionalidad, y otra sobre los regímenes de residencia para inversores.
Centrándome en la segunda, que es especialmente importante para España, el acto jurídico de la Comisión Europea incorpora una primera Recomendación de carácter general: dice que los Estados miembros deben tomar medidas para evitar que los regímenes de residencia de los inversores funcionen de forma que puedan crear riesgos relacionados con la seguridad, el blanqueo de capitales, la evasión fiscal y la corrupción. Para ello, dice la Recomendación, los Estados miembros deben garantizar que se adopten todas las medidas y salvaguardias necesarias para hacer frente a los riesgos mencionados, incluso estableciendo y realizando controles relacionados con las condiciones de residencia y seguridad “antes de la expedición de dichos permisos de residencia” y verificando si la residencia “es continua”.
Tras declarar esa Recomendación general, la Comisión Europea aborda unos pasos inmediatos que deben ser tomardos en el contexo de la invasión rusa de Ucrania. Así, com medida inmediata, la Comisión se dirige a los Estados miembros para que retiren inmediatamente, o se nieguen a renovar, según el caso, los permisos de residencia concedidos sobre la base de un régimen de residencia para inversores a los nacionales rusos y bielorrusos, si tras una evaluación se determina que el interesado está o pasa a estar sujeto a las medidas restrictivas de la UE, o porque se determina de otro modo que la persona en cuestión apoya significativamente por cualquier medio la guerra en Ucrania u otras actividades conexas del Gobierno ruso o del régimen de Lukashenko que infringen el Derecho internacional. Lo anterior, en todo caso siempre que los Estados miembros respeten el principio de proporcionalidad, los derechos fundamentales y su legislación nacional. Como se ha dicho anteriormente, lo anterior también debería aplicarse, tras una evaluación y de conformidad con la Directiva sobre reagrupación familiar, en los casos en que a estas personas se les haya concedido un permiso de residencia como miembros de la familia de un titular de un permiso de residencia sobre la base de un régimen de residencia para inversores.
Por otra parte, los Estados miembros que aplican regímenes de residencia de inversores deberían suspender la expedición de permisos de residencia sobre la base de regímenes de residencia de inversores a los nacionales rusos y bielorrusos, siempre que los Estados miembros respeten el principio de proporcionalidad, los derechos fundamentales y su legislación nacional.
Finalmente, la recomendación señala que los Estados miembros afectados deberán informar a la Comisión sobre la aplicación de esta recomendación antes de finales de mayo, en particular sobre el resultado de la evaluación. A partir de entonces, los Estados miembros en cuestión deberán también mantener informada a la Comisión con regularidad.